◘ A partir del 1 de febrero de 2016 entra en vigor el artículo 16 del Reglamento CE 260/2012 de la normativa SEPA que afecta a los productos nicho.
◘ Las remesas de anticipo (Norma 58) y los recibos (Norma 32) deberán de dejar de utilizarse a partir de dicha fecha
Desde el pasado 1 de agosto de 2014 no es posible realizar en España transferencias y adeudos directos en formatos que no sean SEPA. No obstante siguen existiendo una serie de excepciones, los llamados productos nicho. El plan de migración al SEPA establece como productos nicho las remesas de anticipo (Norma 58) o los recibos (Norma 32), que deberán de dejar de utilizarse a partir de la fecha indicada.
¿Qué es SEPA (Single Euro Payments Area)?
La zona SEPA (Zona Única de Pago) supone un nuevo escenario caracterizado por una armonización en la forma de hacer pagos en euros principalmente mediante el empleo de tres grandes tipos de instrumentos:
> Las transferencias
> Los adeudos domiciliarios
> Las tarjetas de pago
Los instrumentos de pago SEPA ofrecen a clientes consumidores y no consumidores un sistema de cobros y pagos idéntico en 33 países europeos, lo que permite gestionarlos con la misma sencillez, seguridad y precio, dentro de Zona Única de Pagos en Euros (SEPA, que comprende la Unión Europea más Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco) independientemente de su ubicación.
¿En qué afecta la entrada en vigor del reglamento como usuario de Microsoft Dynamics NAV (Navision)?
Las empresas deberán reemplazar la funcionalidad que genera los ficheros SEPA en formatos de texto plano (.txt), por la funcionalidad que genera los ficheros en formato XML, cuando intercambien operaciones con las entidades bancarias. Este formato XML incluirá un nuevo prefijo que permite identificar si queremos que la remesa sea financiada.
Paralelamente se deberán completar las siguientes tareas:
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- Indicar en la ficha de los clientes si las operaciones a realizar con ellos son SEPA CORE o SEPA B2B.
- Revisar en los bancos de clientes y en proveedores que tiene informado el IBAN de la cuenta y el código SWIFT del banco (o BIC).
- En todas las fichas de clientes se debe crear un mandato para indicar que ha aceptado que se le emitan recibos de cobro por el banco indicado.
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¿Qué opciones existen para Dynamics NAV?
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Versiones Soportadas
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Microsoft ha realizado cambios en la aplicación para adaptar la funcionalidad a la nueva normativa. Estos cambios solo se realizarán en las versiones de NAV en las que Microsoft da soporte: NAV 2009 SP1, NAV 2009 R2, NAV 2013, NAV 2013 R2.
Para poder instalar estos cambios es necesario actualizar las licencias, pues se añaden nuevos objetos, y para ello debe de disponer del Business Ready Enhancement Plan (BREP) en vigor (renovación de la licencia de NAV con Microsoft).
Si usted no tiene el BREP en vigor puede valorar la posibilidad de renovar el contrato BREP o bien solicitar a Devaim los servicios de adaptación a la normativa SEPA aplicables a su condición.
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Versiones No Soportadas
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Microsoft no realizará cambios en la funcionalidad para versiones NAV 2009, NAV 5, NAV 4 y anteriores por lo que, si necesita adaptar NAV a la normativa SEPA, puede ponerse en contacto con Devaim y solicitar información de los pasos a seguir para poder adaptarse a los nuevos cambios SEPA.
¿En qué más afecta la entrada en vigor de este artículo del reglamento?
> Desaparecen definitivamente los formatos de las normas más antiguas para enviar domiciliaciones.
> Los bancos ya no están obligados a convertir los antiguos CCC a IBAN de forma gratuita.
> Desaparecen por completo la Norma 58 y la Norma 32.