Este próximo mes de febrero deberá presentarse el modelo 347, declaración anual a presentar a la Agencia Tributaria, por lo que aprovechamos esta entrada para recordar qué es el modelo 347, quien está obligado a presentarlo y algunas particularidades sobre el mismo.
Si bien es cierto que la funcionalidad para presentar dicho modelo está ya contemplada en Microsoft Dynamics NAV, Devaim ha añadido una función complementaria que le permite agilizar las tareas de comprobación de las cifras del modelo 347 de forma rápida y sencilla.
QUÉ ES EL MODELO 347
El modelo 347 es una declaración anual informativa de operaciones con terceras personas. Los empresarios y profesionales están obligados a la presentación del modelo 347 siempre que hayan realizado operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural.
QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR EL MODELO 347
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, tienen obligación de presentar el modelo 347 todas aquellas personas físicas o jurídicas, entre ellas las fundaciones, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (entidades en atribución de rentas), que desarrollen actividades empresariales o profesionales con terceras personas por importe superior, con cada una de ellas, a 3.005,06 euros durante el año natural, computando de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.
QUE PERSONAS O ENTIDADES QUEDAN EXCLUIDAS
Quedan excluidos de presentar el modelo 347:
- Quiénes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin tener en territorio español la sede de su actividad económica, un establecimiento permanente o su domicilio fiscal.
- Las personas físicas y entidades en atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el método de estimación objetiva y, simultáneamente, en el Impuesto sobre el Valor Añadido por los regímenes especiales simplificado o de la agricultura, ganadería y pesca o del recargo de equivalencia, salvo por las operaciones por las que emitan factura.
- Aquellos que no hayan realizado operaciones que en su conjunto, respecto de otra persona entidad, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente.
- Aquellos que hayan realizado exclusivamente operaciones no sometidas al deber de declaración, según lo dispuesto en el artículo 33 (Operaciones a las que sea de aplicación el régimen especial del criterio de caja de la Ley Impuesto sobre el Valor Añadido).
PRESENTACIÓN IMPORTE DE LAS OPERACIONES
A efectos de la cumplimentación del modelo 347 se entiende por importe de la operación el importe total de la contraprestación. La información relativa a las operaciones que se deben declarar en el modelo 347 se suministrará desglosada trimestralmente, excepto la relativa:
- las cantidades percibidas en metálico, que se seguirá suministrando en términos anuales.
- las cantidades declaradas que realicen operaciones por los sujetos pasivos que realicen operaciones a las que sea de aplicación el régimen especial del criterio de caja de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- las cantidades declaradas por los sujetos pasivos que sean destinatarios de las operaciones incluidas en el régimen especial del criterio de caja.
¿CÓMO SE DECLARAN LAS OPERACIONES EN LAS QUE POSTERIORMENTE EXISTAN DEVOLUCIONES, DESCUENTOS, BONIFICACIONES O MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE?
Estas circunstancias modificativas deberán ser reflejadas en el trimestre natural en que se hayan producido las mismas, siempre que el resultado de estas modificaciones supere, junto con el resto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad en el año natural, la cifra de 3.005,06 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Plazo de presentación del 1 al 28 de febrero de 2017
347 Y MICROSOFT DYNAMICS NAV
Como hemos comentado al principio de esta entrada, la solución Microsoft Dynamics NAV le permite presentar este modelo de forma inmediata. Así mismo, Devaim pone a su disposición una función complementaria que le permitirá agilizar las tareas de comprobación de las cifras del modelo 347:
- Impresión cartas de comprobación a clientes
- Impresión cartas de comprobación a proveedores
- Impresión de declaración anual separada por trimestres